En consonancia con la Ley Bases, la Resolución 901/2024 da carta blanca a las fuerzas federales para reprimir a los manifestantes que realicen “bloqueos” en las entradas o salidas de lugares de trabajo. La persecución a quienes participen de las protestas y una línea de teléfono para incitar a la denuncia. Coherente con su inagotable política de persecución a la actividad gremial, la ministra de Seguridad Patricia Bullrich puso en vigencia un nuevo protocolo represivo que apunta directamente contra las acciones de protesta sindical frente a empresas.
Se trata de una medida que da carta blanca a las fuerzas federales para
desatar una confrontación abierta contra los manifestantes que realicen
“bloqueos” en las entradas o salidas de lugares de trabajo. Según la
Resolución 901/2024 publicada hoy en el Boletín Oficial, “bloqueo” se
denominarán “a las maniobras, dispositivos, vallados u obstáculos, de
cualquier naturaleza, que impidan, dificulten o amenacen, de forma
actual o inminente, el ingreso o egreso de personas, vehículos o
mercaderías en un establecimiento productivo o de servicios en cualquier
lugar del territorio nacional”. El Protocolo Antibloqueos de Bullrich
no es nada más ni nada menos que la reglamentación de los artículos de
la reforma laboral incluida en la Ley Bases que cercenan el derecho de
protesta en demanda de reivindicaciones laborales. El artículo 94 de esa
norma votada por el Congreso establece que los bloqueos o tomas de
establecimientos también podrán ser causales de despidos por “grave
injuria laboral”. Quedan conceptualizadas de esa manera aquellas
acciones directas que en que “se impida u obstruya total o parcialmente
el ingreso o egreso de personas y/o cosas al establecimiento y se
ocasionen daños en personas o en cosas de propiedad de la empresa". La
puesta en marcha de esta normativa activa también una línea de teléfono
delatora donde se podrán denunciar ese tipo de acciones, a fin de que el
Ministerio de Seguridad “efectúe el despliegue de las fuerzas
policiales y de seguridad federales más próximas a fin de que hagan
cesar el bloqueo y restablezcan el normal ingreso y egreso” al
establecimiento. La resolución firmada por Patricia Bullrich habilita
también a que las fuerzas de seguridad recaben “pruebas sobre el
desarrollo del bloqueo, que incluirán la identificación de los
responsables y participantes, a fin de su inmediata remisión al juzgado
penal correspondiente”. Es decir a que detengan indiscriminadamente al
organizador o los organizadores de la protesta, aunque estos sean
dirigentes gremiales y cuenten con protección legal. La norma también le
da a la Policía Federal, Gendarmería, Prefectura o Policía
Aeroportuaria (PSA) luz verde para actuar en jurisdicciones que no le
corresponden. Con lo único que deben contar para hacerlo es con un
pedido de la autoridad distrital.
Los considerandos de la resolución
901/2024 que justifican la vía libre a la represión de la protesta
gremial son de lo más insólitos. Por ejemplo dice que el Protocolo
Antibloqueos hace que el Ministerio de Seguridad resguarde “la libertad,
la vida y el patrimonio de sus habitantes”.
En otro de esos puntos
incluye un polémico argumento que interpreta la supremacía de un derecho
sobre otro: “Si bien el artículo 14 bis de la Constitución Nacional
establece el derecho a huelga –dice la resolución de Bullrich-, el
artículo 14 de esa misma ley fundamental consagra el derecho de todos
los habitantes de la Nación a trabajar y ejercer toda industria lícita y
de usar y disponer de su propiedad”.
Luego habla de la “libertad de
trabajo”, de la “libertad de comercio”, y subraya que el “protocolo de
actuación frente a bloqueos” es “oportuno y conveniente” para
“contribuir a la protección de la normal actividad de las empresas que
pudieran sufrir una merma o parálisis de su producción” a causa de
acciones gremiales.