Según establece la ley 26.122, un DNU tiene vigencia mientras las dos
Cámaras del Congreso no rechacen esa norma con mayoría absoluta de sus
miembros, es decir con la mitad más uno de sus integrantes. Si una
Cámara lo aprueba, quedará firme y lo mismo sucederá si el Congreso no
se expide, en lo que se conoce como una "sanción tácita". En cambio, "el
rechazo por ambas Cámaras del Congreso del decreto de que se trate
implica su derogación de acuerdo a lo que establece el artículo 2º del
Código Civil, quedando a salvo los derechos adquiridos durante su
vigencia", dice la ley.
Por el momento, no está claro qué postura
podrían adoptar los legisladores de los distintos bloques en caso de que
el DNU llegue al Congreso, aunque en las últimas horas algunos ya
empezaron a dar pistas. "Ninguna reforma de fondo duradera puede
lograrse de esta forma"