El 5 de diciembre de 2011, en cumplimiento con el artículo 89 de la Ley N° 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual, se reservó la asignación de señales de FM para cada uno de los más de 1200 municipios que hay en el país. A partir de esta medida, cada pueblo podrá tener su propia estación de radio de frecuencia modulada.
Para obtener la autorización para la instalación, funcionamiento y explotación de tal servicio se deberá presentar la siguiente documentación:
- Carta Presentación suscrita por el intendente requirente
- Adjuntar planillas 1 y 2, además del Proyecto de Sustentabilidad, conforme al Artículo 37 de la Ley 26.522 y su Reglamentación aprobada por Decreto 1225/10.
-Proyecto Técnico (ANEXO I) de acuerdo a lo establecido en la Resolución 1619-SC/99
Esta documentación puede ser presentada ante esta Autoridad Federal a través de las delegaciones de cada provincia o bien ser remitida por correo a la sede central.