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Reglamentaron la ley de pago a jubilados: cómo afecta a la tarifa social.

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Con la norma ya en vigencia, cambia la forma en la que la clase pasiva puede obtener un alivio en medio del tarifazo. El Gobierno nacional ya reglamentó la ley de pago a jubilados. El sistema habilita un aumento de los haberes de clase pasiva, la posibilidad de llegar a un acuerdo extrajudicial para quienes impulsaron demandas contra ANSES y el cobro de las sentencias firmes. Pero además, incluye un punto importante para esta coyuntura: establece un nuevo requisito para ingresar a la tarifa social. ¿Cómo ocurre esto? A partir de la última actualización de la jubilación mínima, ocurrida en marzo por la ley que se "heredó" del kirchnerismo, el monto máximo que puede ganar un adulto mayor para pedir una tarifa social en el gas y la luz es de $9.918, equivalente a dos haberes mínimos.

El monto máximo de ingresos para acceder a la tarifa social sube, en algunos casos, de $9.918 a $12.397,5

La reglamentación de la llamada "Reparación Histórica" a la clase pasiva eleva el tope para acceder a la tarifa social. Quienes vean sus haberes reajustados y excedan ese tope, podrán mantener ese beneficio siempre que su haber final no supere las 2,5 veces el monto de la jubilación mínima.


En números concretos, los jubilados que aumenten sus ingresos a partir de esta reforma podrán seguir pagando una tarifa diferencial de luz y gas siempre y cuando ganen menos de $12.397,5 pesos. Quienes no reciban ningún beneficio en esta ocasión, seguirán teniendo como límite los casi 10 mil que se estableció en su momento.

Tanto en un caso como en el otro, el límite se actualizará con el nuevo aumento de la jubilación mínima, que ocurrirá en septiembre.

Honorarios móviles para abogados

Otro punto controvertido es que la reglamentación establece en 500 pesos el monto de los honorarios para los abogados, en los casos en los que deban tramitar el acuerdo extrajudicial que ofrezca la ANSES a través de la web. Para realizar dicho trámite, el jubilado debe ingresar al sistema, primero, y habilitar a que su representante legal pueda hacerlo luego.

Sin embargo, el valor de los honorarios podrá actualizarse según el mismo índice de movilidad válido para las jubilaciones mínimas, siempre y cuando todavía no esté hecha la homologación del acuerdo por parte de la ANSES.

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28/07/2016 (3577)        compartir en facebook compartir en twitter compartir en Whatsapp



 


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