La apelación asegura que Lavié Pico hizo una errónea interpretación del
Anexo II de la norma ya que “no supedita la creación de las nuevas
fiscalías a la entrada en vigencia del nuevo Código Procesal”.
“El
texto legal no establece ninguna clase de condicionamientos, sino que
expresamente aclara que es necesario un fortalecimiento inmediato y
básico de las fiscalías y defensorías para atender a las necesidades
actuales existentes en materia penal”, sostuvo el MPF en la
presentación.
La decisión del juez de feria haciendo lugar al
pedido de medidas suspensivas realizadas por un diputado provincial del
massismo y de la Asociación de Magistrados se fundó en que el código aún
no tiene fecha de implementación, por lo que la designación de fiscales
subrogantes carecía de urgencia.
"Es importante comprender que
cuando el nuevo sistema procesal comience a funcionar el Ministerio
Público Fiscal ya debe tener las herramientas desarrolladas y los
recursos humanos disponibles para llevar adelante sus funciones y
tareas”, asegura el escrito.
La Procuración también insistió en
que las designaciones realizadas “cumplen con todos los requisitos
legales y reglamentarios de las subrogancias”, dado que los 16
designados en cargos interinos hasta que se resuelvan los concursos
convocados son fiscales que accedieron a su cargo en concursos y con
respaldo parlamentario.